BNDES - El Banco de desarrollo de Brazil




Directrices socioambientales para la ganadería bovina

Con la intención de promover la regularización y el aumento de la conformidad socioambiental de la cadena productiva de la ganadería bovina, el BNDES estableció una serie de directrices que deben ser cumplidas por las empresas postulantes a financiación y participación accionaria.

Las directrices comprenden todo el país. El desafío es combinar la atención a la creciente demanda por carne bovina con una modelo de producción que garantice la preservación de los recursos naturales y el respeto a los trabajadores y comunidades, siendo la fijación de salvaguardias socioambientales una manera de estimular la modernización y la ganancia de competitividad en bases sostenibles.

Las empresas frigoríficas y de abate de animales necesitan comprobar, por ejemplo, que sus proveedores no están condenados por invasión de tierras indígenas, por discriminación o por trabajo infantil o esclavo. Ellos tampoco pueden estar en áreas embargadas por el Instituto Brasileño del Medio Ambiente y Recursos Naturales Renovables (Ibama). Además de eso, los postulantes a la financiación deben comprometerse a mantener la lista de proveedores actualizada y verificar el cumplimiento de las reglas por parte de ellos.

Estas nuevas directrices, establecidas en octubre de 2009, vienen a sumarse a las otras acciones de la política socioambiental del BNDES. Se refuerza, así, la preocupación del Banco en financiar el desarrollo del país en armonía con los principios básicos del respecto al medio ambiente e a la dignidad humana.

Confiera a continuación las reglas para:

Operaciones directas, indirectas no automáticas y participación accionaria

Exigencias en cuanto a los proveedores

Durante la fase de análisis del pedido de apoyo financiero, las empresas proponentes deberán comprobar, en relación a todas sus unidades, el mantenimiento de un catastro de proveedores directos, con informaciones como nombre o razón social, CPF o CNPJ, punto georreferenciado de la propiedad, número de inscripción en el Sistema Nacional de Catastro Rural así como el número de la licencia ambiental.  
 La empresa deberá también probar que dispone de sistema con procedimientos para la compra de ganado en el cual estén incluidos sólo proveedores directos que hayan comprobado atender a las siguientes condiciones después de la evaluación de la postulante:

  • No poseer inscripción en el Catastro de Empleadores flagrados explotando trabajadores en condiciones análogas a las de esclavo, instituido por el Ministerio del Trabajo y Empleo;
  • No haber sido condenado, el proveedor o sus dirigentes, por infringir las leyes de combate a la discriminación de raza o de género, al trabajo infantil y al trabajo esclavo;
  • No estar incluido en la lista de áreas embargadas mantenida por el Ibama;
  • En consonancia con informaciones divulgadas por los órganos oficiales competentes, no haber sido condenado, el proveedor directo o sus dirigentes, por: invasión de tierras indígenas de dominio de la Unión (art. 20 de la Ley 4.947/66); sentencia penal envolviendo conflictos agrarios; cualesquier actos que caractericen la falsedad o violencia en la obtención de título de posesión o propiedad de tierras públicas o privadas (grillaje); infracciones penales relativas a deforestación (Ley 9.605/98);
  • Presentar licencia ambiental de la propiedad rural o comprobación de la dispensa de esa por el órgano ambiental competente;
    Si el proveedor no posee la licencia, la empresa postulante al apoyo del BNDES podrá aceptar el requerimiento del pedido de licenciamiento ambiental del inmueble desde que presentado hasta julio de 2010, considerando julio de 2011 como límite para la obtención de la licencia.
    A partir de agosto de 2010, el catastro de proveedores deberá incluir sólo aquellos que ya posean licencia ambiental para sus actividades o pedido de licenciamiento protocolado en el órgano ambiental competente. Después de julio de 2011, tal catastro deberá contener sólo proveedores directos con permiso ambiental ya expedida.
  • Presentar documento comprobatorio de regularidad fundiaria o pedido de regularización fundiaria ante los órganos competentes, desde que presentado hasta julio de 2010.
    A partir de agosto de 2010, el catastro de proveedores directos de la postulante solamente podrá contemplar los proveedores que ya posean regularidad fundiaria o pedido de regularización fundiaria debidamente protocolado en los órganos competentes.
    La postulante a la colaboración financiera deberá declarar que el sistema de compraventa de ganado atiende a las exigencias del BNDES. La falsedad de la declaración prestada podrá acarrear el vencimiento anticipado del contrato, además de las sanciones legales admisibles.

Compromiso ambiental

Aún en la fase de análisis, la empresa candidata al apoyo financiero del BNDES deberá cumplir los siguientes requisitos en relación a todas sus unidades:

  • Elaboración de un plan de implementación, según criterios aceptables por el BNDES, con metas y cronograma para la obtención de certificados ambientales, implantación de sistemas de gestión ambiental y mejoría de los indicadores de efluentes líquidos y residuos sólidos;
  • Elaboración de plan de desarrollo socioambiental de proveedores que incluya capacitación y asistencia técnica para aumento de los índices de productividad y atención a los requisitos de regularidad fundiaria y ambiental en los plazos ya mencionados.

Las beneficiarias tendrán aún obligaciones especiales, cuyo descumplimiento podrá resultar en el vencimiento anticipado de la deuda. En los contratos que formalicen las operaciones de apoyo financiero, las beneficiarias quedarán obligadas a:

  • Adherir a sistema de rastreabilidad de la cadena productiva de bovinos, del nacimiento al abate, para verificación de la regularidad ambiental de la cadena de suministro;
  • Al adquirir animales incluidos en el sistema de rastreabilidad, verificar la regularidad de las propiedades rurales involucradas, conforme informaciones de los órganos oficiales, así como observar los criterios establecidos para los proveedores directos;
  • A partir de enero de 2016, abatir sólo animales que hayan sido rastreados de forma ininterrumpida, desde el nacimiento;
  • Cumplir el cronograma y las metas establecidas en el plan de implementación ambiental;
  • Actualizar la lista de proveedores catastrados, excluyendo aquellos que no cumplan los requisitos ya indicados, mantenerla disponible y suministrarla al BNDES cuando solicitado;
  • Durante la vigencia del contrato, presentar informes semestrales de auditoría independiente, según criterios aceptados por el BNDES, con evaluación del cumplimiento de todas las exigencias ya mencionadas.

Operaciones indirectas automáticas

El BNDES también adopta directrices y criterios socioambientales en las operaciones indirectas automáticas, o sea, aquellas realizadas a través de un agente financiero acreditado y de valor hasta R$ 10 millones.
Durante el análisis de la operación, la empresa postulante deberá entregar al agente financiero declaración en que conste que mantiene catastro de proveedores directos con las mismas informaciones exigidas para las operaciones directas, indirectas no automáticas y de participación accionaria. La empresa debe aún declarar que mantiene sistema con procedimientos para la compra de ganado de proveedores directos que incluya sólo aquellos que atiendan a las condiciones socioambientales ya mencionadas, como no haber sido condenado por explotación de trabajo infantil y esclavo y presentar licencia ambiental.

Como obligación especial del contrato de apoyo financiero, la beneficiaria deberá actualizar y mantener su catastro de proveedores directos disponible al agente financiero y al BNDES, bajo pena de vencimiento anticipado del contrato. El BNDES podrá solicitar la presentación de la lista de proveedores a cualquier momento hasta la quitación integral de la financiación.

La presentación, al agente financiero, de la lista actualizada de los proveedores directos de la empresa será condición para la liberación de recursos. En el caso de la Tarjeta BNDES, tal lista deberá ser entregada en el momento de la solicitud de los documentos para emisión de la tarjeta, para renovación del límite de crédito y para actualización del catastro por la institución financiera acreditada.

La falsedad de cualquier declaración prestada acarreará al vencimiento anticipado del contrato, además de las sanciones legales admisibles.