La promoción del desarrollo sostenible, de forma proactiva y en todos los emprendimientos apoyados, es el objetivo principal de la Política Socioambiental del BNDES, con foco en una concepción integrada de las dimensiones económica, social, ambiental y regional.
La Política Socioambiental define instrumentos y directrices que apoyan al BNDES en el cumplimiento de su Misión —promover el desarrollo sostenible y competitivo de la economía brasileña—, con generación de empleo y reducción de las desigualdades sociales y regionales.
Además de eso, establece los procedimientos operacionales para un análisis socioambiental eficiente de los proyectos postulantes a una financiación del BNDES.
En el cumplimiento de su Política Socioambiental, el BNDES entiende que su apoyo financiero debe conciliar su Política Operacional con la atención de la legislación aplicable y, en el ejercicio de su rol de agente de cambios, inducir a la adopción de mejores prácticas socioambientales.
El conjunto de directrices descrito a continuación orienta la actuación del Sistema BNDES en el ámbito de su Política Socioambiental:
Además de la estructura organizacional dedicada y de las acciones internas que buscan el comprometimiento y la capacitación de los empleados, el BNDES utiliza los siguientes instrumentos, para implementar, monitorear, evaluar y actualizar su Política Socioambiental en el ámbito operacional:
Acuerdos y protocolos de los cuales el BNDES es signatario, el compartimiento de informaciones y experiencias por medio de canales de diálogo y la divulgación del conocimiento y de las acciones socioambientales del Banco también contribuyen a la ejecución de la Política Socioambiental.
El apoyo financiero del BNDES está establecido en las Políticas Operacionales, que definen sus condiciones básicas. En conformidad con sus políticas y directrices, el Banco dispensa especial atención a los aspectos sociales y ambientales inherentes al beneficiario y al emprendimiento.
Para la concesión del apoyo financiero se observan, en todas las etapas del flujo, con el soporte, cuando sea el caso, de estudios sectoriales y otras metodologías: las legislaciones aplicables; normas sectoriales específicas; la política de Responsabilidad social y ambiental de los beneficiarios; la regularidad ambiental; el riesgo ambiental del emprendimiento; y prácticas socioambientales que eleven el nivel de competitividad de las organizaciones y de los sectores económicos y contribuyan a la mejora de indicadores sociales y ambientales de los emprendimientos y del país.
El Banco podrá realizar estudios complementarios y solicitar informaciones adicionales y, aun:
En el caso de operaciones bajo la forma de apoyo Directa o Indirecta No Automática, los procedimientos operacionales, en lo que respecta a la observancia de las directrices de la Política Socioambiental, siguen el siguiente flujo:
Encuadramiento de las operaciones
La Categoría Ambiental del emprendimiento se establece de acuerdo con la tabla siguiente:
Categoría Ambiental | Riesgo de Impacto Adverso |
---|---|
A | Actividad intrínsecamente relacionada con riesgos de impactos ambientales significativos o de alcance regional. La licencia requiere estudios de impactos, medidas preventivas y acciones mitigadoras. |
B | Actividad implica impactos ambientales más leves o locales y requiere evaluación y medidas específicas. |
C | Actividad no presenta, en principio, riesgo ambiental significativo. |
Los siguientes aspectos deberán ser verificados en las etapas de análisis, aprobación y contratación de las operaciones:
En la etapa de seguimiento de las operaciones, se verifican:
En el ámbito del producto BNDES Exim Post Embarque, las operaciones de financiación a las exportaciones de bienes y servicios brasileños con valor superior a US$ 10 millones, deberán ser evaluadas y clasificadas en cuanto a su potencial de riesgos e impactos socioambientales.
Esta normativa no se aplica al producto BNDES Exim Pre Embarque.
Encuadramiento de las operaciones
La clasificación de la Categoría Socioambiental para operaciones de exportación de bienes y servicios será evaluada, a criterio del BNDES, de acuerdo con el sector, el tipo de actividad, la ubicación y la magnitud y atributos de los impactos ambientales inherentes al objeto de apoyo, según los parámetros identificados en la tabla siguiente:
Categoría Ambiental | Riesgo de Impacto Adverso |
---|---|
A | Se caracteriza por riesgos directamente relacionados a impactos socioambientales adversos significativos, que implican grandes emprendimientos greenfield o emprendimientos en sectores críticos o ubicaciones sensibles que, en general, demandan estudios socioambientales de mayor complejidad. Se caracterizan por el sector, tipo de emprendimiento y ubicación según criterios orientadores en el Anexo 1 a la Política Socioambiental. |
B | Se caracteriza por riesgos socioambientales de mediana relevancia y de efectos locales, que implican expansión o ampliación de emprendimientos que tengan impacto socioambiental limitado, de manera que tan solo algunos de sus impactos sean irreversibles o cuyas medidas mitigadoras sean fácilmente identificables, pudiendo abarcar incluso emprendimientos cuyo sector o características estén contemplados en el Anexo 1 a la Política Socioambiental. |
C | Se caracteriza por riesgos socioambientales mínimos o inexistentes. Abarca, en general, las operaciones de financiación a la exportación de bienes, incluyendo aeronaves. |
Tras su definición, la clasificación ambiental podrá ser revisada antes de la aprobación de la operación, desde que se resalte el cambio y la respectiva justificativa ante la competencia deliberativa propia para la aprobación de la operación.
Análisis, aprobación y contratación de las operaciones
Durante el análisis de las operaciones de Categoría Socioambiental A o B, deberán presentarse al BNDES los siguientes documentos:
El BNDES podrá incluir condicionantes de naturaleza socioambiental además de aquellos previstos en la legislación aplicable en el país de destino de las exportaciones brasileñas.
Para las operaciones clasificadas en la Categoría Socioambiental cuya participación del BNDES sea igual o superior al 20% del valor del emprendimiento se exigirá la contratación, a cargo del Exportador y/o del Deudor, de empresa responsable de prestar servicios de consultoría socioambiental al BNDES.
En estos casos, corresponderá a la empresa contratada para prestar servicios de consultoría socioambiental al BNDES: análisis de la documentación socioambiental presentada, evaluación de potenciales riesgos e impactos socioambientales del emprendimiento y, cuando corresponda, presentación de propuestas adicionales de medidas para mitigar tales riesgos e impactos.
En los casos en que el emprendimiento cuente con apoyo financiero de otra agencia de crédito a la exportación y/u organismo multilateral, el BNDES podrá adoptar los mismos criterios y procedimientos que tales entidades, siempre y cuando se consideren similares o más rigurosos que los relacionados en la presente Política y demás normas del BNDES aplicables.
Para las operaciones clasificadas en la Categoría Socioambiental C, la necesidad de envío de los estudios, documentos y propuestas enumeradas anteriormente será determinada caso por caso, en función de las características del emprendimiento y a criterio del BNDES.
Seguimiento de las operaciones
Por regla general, el seguimiento de las operaciones ocurrirá durante el período comprendido entre la contratación y el final del plazo de utilización del crédito, pudiendo extenderse hasta el final del plazo total de la financiación.
Para la Categoría Socioambiental A, la empresa de consultoría socioambiental mencionada en el ítem anterior deberá ser contratada por el Exportador/Deudor por todo el período de seguimiento. Tal empresa deberá verificar la regularidad socioambiental del emprendimiento, el cumplimiento de eventuales obligaciones socioambientales definidas a criterio del BNDES y el cumplimiento de eventuales medidas mitigadoras y condicionantes presentes en el Contrato de Financiación y en las Licencias Ambientales.
En las operaciones clasificadas en la Categoría Socioambiental A cuya participación del BNDES sea inferior al 20% del valor del emprendimiento, así como en las operaciones clasificadas en la Categoría Socioambiental B, además de la regularidad socioambiental, el BNDES exigirá el compromiso de cumplimiento de eventuales obligaciones y medidas mitigadoras.
En las hipótesis en que el emprendimiento cuente con apoyo financiero de otra agencia de crédito a la exportación y/u organismo multilateral, el BNDES podrá adoptar los mismos criterios y procedimientos de seguimiento que tales entidades, siempre y cuando se consideren similares o más rigorosos que los enumerados en la presente Política y demás normas del BNDES aplicables.
Para las operaciones clasificadas en la Categoría Socioambiental C, el seguimiento, cuando sea necesario, será determinado caso por caso, en función de las características del emprendimiento y a criterio del BNDES.
Divulgación
Para las Categorías Socioambientales A y B, tras la contratación de la financiación, se divulgará anualmente, en el sitio del BNDES, un extracto de los aspectos socioambientales del emprendimiento, incluyendo la evaluación de sus potenciales riesgos e impactos socioambientales y respectivos condicionantes y medidas mitigadoras. También se podrán divulgar los documentos socioambientales utilizados durante el análisis y la contratación.
La divulgación de información y/o documentos socioambientales podrá ser objeto de restricciones derivadas de la legislación aplicable.
En el caso de operaciones bajo la forma de apoyo Indirecta Automática, a las Instituciones Financieras Habilitadas corresponde la verificación de la regularidad social y ambiental del beneficiario y del emprendimiento apoyado, y el cumplimiento de la normativas relacionados a los aspectos sociales y ambientales, con criterios y procedimientos específicos, en consonancia con las directrices de esta Política y de las demás normas del BNDES aplicables.
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