BNDES - El Banco de desarrollo de Brazil




Política Socioambiental

La promoción del desarrollo sostenible, de forma proactiva y en todos los emprendimientos apoyados, es el objetivo principal de la Política Socioambiental del BNDES, con foco en una concepción integrada de las dimensiones económica, social, ambiental y regional.

La Política Socioambiental define instrumentos y directrices que apoyan al BNDES en el cumplimiento de su Misión —promover el desarrollo sostenible y competitivo de la economía brasileña—, con generación de empleo y reducción de las desigualdades sociales y regionales.

Además de eso, establece los procedimientos operacionales para un análisis socioambiental eficiente de los proyectos postulantes a una financiación del BNDES.

Directrices

En el cumplimiento de su Política Socioambiental, el BNDES entiende que su apoyo financiero debe conciliar su Política Operacional con la atención de la legislación aplicable y, en el ejercicio de su rol de agente de cambios, inducir a la adopción de mejores prácticas socioambientales.

El conjunto de directrices descrito a continuación orienta la actuación del Sistema BNDES en el ámbito de su Política Socioambiental:

  • Actuar alineado con las políticas públicas y legislaciones vigentes en Brasil, en especial con lo dispuesto en la Política Nacional de Medio Ambiente y, en el exterior, con las legislaciones aplicables en cada país;
  • desarrollar y perfeccionar permanentemente productos financieros, metodología, instrumentos de análisis, de monitoreo y de evaluación que incorporen criterios socioambientales a la luz de referencias nacionales o internacionales;
  • ofrecer, cuando corresponda, condiciones diferenciadas de apoyo financiero para emprendimientos con adicionalidades socioambientales y para emprendimientos que analicen pasivos ambientales;
  • considerar el trato de las dimensiones social y ambiental como cuestión estratégica en el análisis de concesión del apoyo financiero, en la gestión de activos y en el análisis de riesgo de beneficiarios y de emprendimientos;
  • observar las recomendaciones y restricciones de la zonificación ecológica-económica y de la zonificación agroecológica, cuando se aplique;
  • apoyar emprendimientos agropecuarios y de silvicultura relacionados a la apertura de nuevas áreas, tan solo cuando estén en consonancia con la zonificación ecológica-económica;
  • observar los impactos del apoyo del BNDES en el empleo y considerar sus políticas relativas a los derechos humanos;
  • promover en los emprendimientos apoyados la ecoeficiencia, la adopción de procesos y productos social y ambientalmente sostenibles, el uso de sistemas de gestión para toda la cadena productiva y la reducción de las emisiones de gases del efecto invernadero (GEI);
  • promover y orientar la adopción de acciones preventivas y mitigadoras de impactos sociales y ambientales adversos;
  • ampliar y actualizar permanentemente información sobre los estándares de impacto y desempeño socioambiental, energético y de emisión de GEI de los principales sectores económicos, así como sobre la evolución de las rutas tecnológicas e innovaciones;
  • ampliar y actualizar permanentemente el conocimiento sobre desarrollo sostenible y Responsabilidad social y ambiental y compartir información y experiencias con beneficiarios, instituciones financieras y otras organizaciones, buscando el diálogo y promoviendo la integración de esfuerzos para fortalecer el tratamiento de las dimensiones social y ambiental como cuestión estratégica.

Instrumentos

Además de la estructura organizacional dedicada y de las acciones internas que buscan el comprometimiento y la capacitación de los empleados, el BNDES utiliza los siguientes instrumentos, para implementar, monitorear, evaluar y actualizar su Política Socioambiental en el ámbito operacional:

  • productos, líneas, programas y fondos reembolsables y no reembolsables para apoyo financiero;
  • resoluciones sectoriales, políticas específicas y otras normativas;
  • procedimientos internos de evaluación de riesgo y de análisis social y ambiental de beneficiarios y de emprendimientos;
  • metodologías de evaluación de beneficiarios, de evaluación de riesgo de crédito y de monitoreo y evaluación de impacto de los emprendimientos apoyados.

Acuerdos y protocolos de los cuales el BNDES es signatario, el compartimiento de informaciones y experiencias por medio de canales de diálogo y la divulgación del conocimiento y de las acciones socioambientales del Banco también contribuyen a la ejecución de la Política Socioambiental.

Procedimientos Operacionales

Forma de Apoyo Directa o Indirecta No Automática – excepto apoyo a la exportación de bienes y servicios

El apoyo financiero del BNDES está establecido en las Políticas Operacionales, que definen sus condiciones básicas. En conformidad con sus políticas y directrices, el Banco dispensa especial atención a los aspectos sociales y ambientales inherentes al beneficiario y al emprendimiento.

Para la concesión del apoyo financiero se observan, en todas las etapas del flujo, con el soporte, cuando sea el caso, de estudios sectoriales y otras metodologías: las legislaciones aplicables; normas sectoriales específicas; la política de Responsabilidad social y ambiental de los beneficiarios; la regularidad ambiental; el riesgo ambiental del emprendimiento; y prácticas socioambientales que eleven el nivel de competitividad de las organizaciones y de los sectores económicos y contribuyan a la mejora de indicadores sociales y ambientales de los emprendimientos y del país.

El Banco podrá realizar estudios complementarios y solicitar informaciones adicionales y, aun:

  1. recomendar la reformulación del proyecto;
  2. ofertar recursos para refuerzo de las medidas mitigadoras;
  3. estimular la realización de inversiones sociales y ambientales centrados en el ámbito interno (funcionarios y cadena de suministradores) y externo (desarrollo local, sociedad y medio ambiente) de los beneficiarios;
  4. en casos extremos, no conceder el apoyo financiero ante la no conformidad o del riesgo social y ambiental.

En el caso de operaciones bajo la forma de apoyo Directa o Indirecta No Automática, los procedimientos operacionales, en lo que respecta a la observancia de las directrices de la Política Socioambiental, siguen el siguiente flujo:
Encuadramiento de las operaciones

  • Evaluación preliminar de los principales aspectos sociales y ambientales de los beneficiarios y de los emprendimientos, conforme a lo dispuesto en el guion de Consulta Previa;
  • investigación de registro del beneficiario que incluye verificación de anotaciones referentes a trabajo análogo al de esclavo (consulta a listas públicas o a otros medios oficiales) y crímenes ambientales;
  • elaboración de eventuales recomendaciones sociales y ambientales para las etapas de Análisis y Seguimiento de la operación;
  • clasificación de la Categoría Ambiental del emprendimiento: la clasificación podrá ser evaluada según el sector y el tipo de actividad, su ubicación, magnitud y atributos de los impactos ambientales inherentes al emprendimiento.

La Categoría Ambiental del emprendimiento se establece de acuerdo con la tabla siguiente:

Categoría ambiental
Categoría Ambiental Riesgo de Impacto Adverso
A Actividad intrínsecamente relacionada con riesgos de impactos ambientales significativos o de alcance regional. La licencia requiere estudios de impactos, medidas preventivas y acciones mitigadoras.
B Actividad implica impactos ambientales más leves o locales y requiere evaluación y medidas específicas.
C Actividad no presenta, en principio, riesgo ambiental significativo.

Análisis, aprobación y contratación de las operaciones

Los siguientes aspectos deberán ser verificados en las etapas de análisis, aprobación y contratación de las operaciones:

  • evaluación del beneficiario en lo que respecta a sus políticas, prácticas y gestión socioambiental, incluso en el ambiente externo, considerando articulación con políticas públicas y el desarrollo local y regional sostenible, teniendo como referencia el concepto de Responsabilidad Social y Ambiental;
  • evaluación del beneficiario sobre su regularidad con los órganos de medio ambiente, pendencias judiciales y efectividad de la actuación ambiental;
  • evaluación de los emprendimientos en lo que respecta a los aspectos relativos a la ecoeficiencia, adopción de procesos y productos social y ambientalmente sostenibles, emisiones de GEI y existencia de Sistema de Gestión Ambiental (SGA) y Sistema Integrado de Gestión (SIG);
  • evaluación de los emprendimientos en lo que respecta a los principales impactos sociales y ambientales, incluso en su entorno, su correspondencia, cuando sea el caso, con las acciones preventivas y mitigadoras propuestas en la licencia ambiental y verificación de su regularidad ambiental, incluyendo la licencia de instalación, cuando se aplique;
  • evaluación del cumplimiento de exigencias ambientales legales, sobre todo, la zonificación ecológica-económica y la zonificación agroecológica, y verificación de la inexistencia de prácticas de actos que impliquen crimen contra el medio ambiente;
  • evaluación del cumplimiento, para apoyo a emprendimientos agropecuarios y de silvicultura relacionados con la apertura de nuevas áreas, de lo establecido en la zonificación ecológica-económica;
  • evaluación del cumplimiento de exigencias sociales legales y verificación del cumplimiento de las políticas del BNDES relativas: a medidas de cualificación y reubicación laboral si, en función del emprendimiento apoyado, ocurre reducción del cuadro de personal; a la protección de personas discapacitadas y a la inexistencia de prácticas de actos que resulten en discriminación de raza o género; trabajo infantil o trabajo esclavo o de otros que caractericen acoso moral o sexual;
  • definición de indicadores sociales y ambientales para monitoreo y evaluación del beneficiario y del emprendimiento, cuando se aplique;
  • inclusión de posibles condicionantes de naturaleza social y/o ambiental establecidas a partir del análisis realizado (del beneficiario y del emprendimiento), en complemento a las exigencias previstas en ley, cuando se aplique.

Seguimiento de las operaciones

En la etapa de seguimiento de las operaciones, se verifican:

  • las regularidades fiscal, social y ambiental del beneficiario y del emprendimiento;
  • el cumplimiento de eventuales medidas mitigadoras, obligaciones en términos de ajuste de conducta y condicionantes presentes en el Contrato y en las Licencias Ambientales, cuando se aplique;
  • el seguimiento de los indicadores sociales y ambientales para monitoreo y evaluación del beneficiario y del emprendimiento, cuando se aplique;
  • la presentación de la Licencia de Operación (o de Funcionamiento) del emprendimiento apoyado, cuando se aplique.

Forma de Apoyo Directa o Indirecta No Automática - Apoyo a la exportación de bienes y servicios en el ámbito del producto BNDES Exim Post Embarque

En el ámbito del producto BNDES Exim Post Embarque, las operaciones de financiación a las exportaciones de bienes y servicios brasileños con valor superior a US$ 10 millones, deberán ser evaluadas y clasificadas en cuanto a su potencial de riesgos e impactos socioambientales.

Esta normativa no se aplica al producto BNDES Exim Pre Embarque.

Encuadramiento de las operaciones

La clasificación de la Categoría Socioambiental para operaciones de exportación de bienes y servicios será evaluada, a criterio del BNDES, de acuerdo con el sector, el tipo de actividad, la ubicación y la magnitud y atributos de los impactos ambientales inherentes al objeto de apoyo, según los parámetros identificados en la tabla siguiente:

Riesgo de impacto adverso
Categoría Ambiental Riesgo de Impacto Adverso
A Se caracteriza por riesgos directamente relacionados a impactos socioambientales adversos significativos, que implican grandes emprendimientos greenfield o emprendimientos en sectores críticos o ubicaciones sensibles que, en general, demandan estudios socioambientales de mayor complejidad. Se caracterizan por el sector, tipo de emprendimiento y ubicación según criterios orientadores en el Anexo 1 a la Política Socioambiental.
B Se caracteriza por riesgos socioambientales de mediana relevancia y de efectos locales, que implican expansión o ampliación de emprendimientos que tengan impacto socioambiental limitado, de manera que tan solo algunos de sus impactos sean irreversibles o cuyas medidas mitigadoras sean fácilmente identificables, pudiendo abarcar incluso emprendimientos cuyo sector o características estén contemplados en el Anexo 1 a la Política Socioambiental.
C Se caracteriza por riesgos socioambientales mínimos o inexistentes. Abarca, en general, las operaciones de financiación a la exportación de bienes, incluyendo aeronaves.

Tras su definición, la clasificación ambiental podrá ser revisada antes de la aprobación de la operación, desde que se resalte el cambio y la respectiva justificativa ante la competencia deliberativa propia para la aprobación de la operación.

Análisis, aprobación y contratación de las operaciones

Durante el análisis de las operaciones de Categoría Socioambiental A o B, deberán presentarse al BNDES los siguientes documentos:

  • estudios de impactos socioambientales y documentos relacionados, con descripción de los riesgos e impactos del emprendimiento;
  • propuesta de medidas con el objetivo de evitar, minimizar, mitigar, eliminar o compensar impactos adversos;
  • dictamen jurídico que certifique que el emprendimiento cumple la legislación local;
  • estudios, documentos y propuestas sometidas a otros financiadores, en el caso de que el emprendimiento sea apoyado por otra agencia de crédito a la exportación y/u organismo multilateral;
  • otros documentos, a criterio del BNDES.

El BNDES podrá incluir condicionantes de naturaleza socioambiental además de aquellos previstos en la legislación aplicable en el país de destino de las exportaciones brasileñas.

Para las operaciones clasificadas en la Categoría Socioambiental cuya participación del BNDES sea igual o superior al 20% del valor del emprendimiento se exigirá la contratación, a cargo del Exportador y/o del Deudor, de empresa responsable de prestar servicios de consultoría socioambiental al BNDES.

En estos casos, corresponderá a la empresa contratada para prestar servicios de consultoría socioambiental al BNDES: análisis de la documentación socioambiental presentada, evaluación de potenciales riesgos e impactos socioambientales del emprendimiento y, cuando corresponda, presentación de propuestas adicionales de medidas para mitigar tales riesgos e impactos.

En los casos en que el emprendimiento cuente con apoyo financiero de otra agencia de crédito a la exportación y/u organismo multilateral, el BNDES podrá adoptar los mismos criterios y procedimientos que tales entidades, siempre y cuando se consideren similares o más rigurosos que los relacionados en la presente Política y demás normas del BNDES aplicables.

Para las operaciones clasificadas en la Categoría Socioambiental C, la necesidad de envío de los estudios, documentos y propuestas enumeradas anteriormente será determinada caso por caso, en función de las características del emprendimiento y a criterio del BNDES.

Seguimiento de las operaciones

Por regla general, el seguimiento de las operaciones ocurrirá durante el período comprendido entre la contratación y el final del plazo de utilización del crédito, pudiendo extenderse hasta el final del plazo total de la financiación.

Para la Categoría Socioambiental A, la empresa de consultoría socioambiental mencionada en el ítem anterior deberá ser contratada por el Exportador/Deudor por todo el período de seguimiento. Tal empresa deberá verificar la regularidad socioambiental del emprendimiento, el cumplimiento de eventuales obligaciones socioambientales definidas a criterio del BNDES y el cumplimiento de eventuales medidas mitigadoras y condicionantes presentes en el Contrato de Financiación y en las Licencias Ambientales.

En las operaciones clasificadas en la Categoría Socioambiental A cuya participación del BNDES sea inferior al 20% del valor del emprendimiento, así como en las operaciones clasificadas en la Categoría Socioambiental B, además de la regularidad socioambiental, el BNDES exigirá el compromiso de cumplimiento de eventuales obligaciones y medidas mitigadoras.

En las hipótesis en que el emprendimiento cuente con apoyo financiero de otra agencia de crédito a la exportación y/u organismo multilateral, el BNDES podrá adoptar los mismos criterios y procedimientos de seguimiento que tales entidades, siempre y cuando se consideren similares o más rigorosos que los enumerados en la presente Política y demás normas del BNDES aplicables.

Para las operaciones clasificadas en la Categoría Socioambiental C, el seguimiento, cuando sea necesario, será determinado caso por caso, en función de las características del emprendimiento y a criterio del BNDES.

Divulgación

Para las Categorías Socioambientales A y B, tras la contratación de la financiación, se divulgará anualmente, en el sitio del BNDES, un extracto de los aspectos socioambientales del emprendimiento, incluyendo la evaluación de sus potenciales riesgos e impactos socioambientales y respectivos condicionantes y medidas mitigadoras. También se podrán divulgar los documentos socioambientales utilizados durante el análisis y la contratación.

La divulgación de información y/o documentos socioambientales podrá ser objeto de restricciones derivadas de la legislación aplicable.

Forma de Apoyo Indirecta Automática

En el caso de operaciones bajo la forma de apoyo Indirecta Automática, a las Instituciones Financieras Habilitadas corresponde la verificación de la regularidad social y ambiental del beneficiario y del emprendimiento apoyado, y el cumplimiento de la normativas relacionados a los aspectos sociales y ambientales, con criterios y procedimientos específicos, en consonancia con las directrices de esta Política y de las demás normas del BNDES aplicables.

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